PUENTE DE DIA DE MUERTOS?? EN ESTE ESTADO SI TENDRAN DESCANSO EL 1 DE NOVIEMBRE

En 2024, el 1 y 2 de noviembre caerán en viernes y sábado, respectivamente, días perfectos para acudir a los diferentes eventos que organizan los museos, gobiernos locales, empresas o comunidades para celebrar el Día de Muertos.

¿El 1 de noviembre es festivo?

Los días feriados o festivos son aquellos que no son laborables y se consideran como descanso obligatorio.

Lamentablemente, no todas las personas tendrán la oportunidad de aprovechar al máximo esos días para organizar algún plan con familiares o amigos durante del Día de Muertos.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) no considera el 1 y 2 de noviembre como días de asueto oficial en México.

Además, el calendario del Ciclo Escolar 2024-2024 señala que el 1 de noviembre es un día normal, por lo que no hay descanso para los estudiantes de nivel básico.

¿Qué estudiantes sí podrán descansar el 1 de noviembre?

Aunque el panorama no pinta bien hasta ahora, hay buenas noticias. La Secretaría de Educación de Yucatán informó que los estudiantes sí podrán disfrutar del descanso el 1 de noviembre.

“Por respeto a las tradiciones y costumbres del Día de Muertos, se le informa a la comunidad educativa que el viernes 1 de noviembre se suspenden labores”, indicó en un mensaje en redes sociales.

Agregó que las clases se suspenderán en todas las escuelas públicas e incorporadas en todos los niveles educativos.

¿Cuándo serán los próximos días de descanso obligatorio en México?

El próximo día de descanso en el país será el 18 de noviembre, en conmemoración a la Revolución Mexicana, así lo establece el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo. El último día de asueto del año será el 25 de diciembre, con motivo de las fiestas navideñas.

Los estudiantes de nivel básico tendrán también como descanso el 29 de noviembre debido al Consejo Técnico que se lleva a cabo cada mes en las escuelas.

¿Qué pasa si trabajas un día feriado?

De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, tanto personas empleadoras como personas trabajadoras deberán determinar el número de trabajadoras y trabajadores que deban prestar sus servicios el día feriado.

Quienes trabajen de manera habitual en un día feriado tendrán el derecho a recibir, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple.

Además, si un día de descanso obligatorio cae en domingo, la persona empleadora deberá cubrirle a la persona trabajadora el pago de la prima dominical señalado en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo.

Así, las personas trabajadoras recibirán el triple del salario, por laborar en día de descanso obligatorio, más la prima dominical.

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