VAN 6 CONSEJEROS DEL INE CONTRA LEYES SECUNDARIAS DE REFORMA JUDICIAL

Igualmente buscan revocar las nuevas facultades de la Junta General Ejecutiva relacionadas con tomar acuerdos sin someterlos a ratificación del consejo general, incluido lo relacionado con la elección de juzgadores.

El argumento central de los inconformes es que la reforma viola la autonomía y colegialidad del INE y, por tanto, “pone en riesgo” su funcionamiento y la calidad de la organización de las elecciones.

El documento de solicitud para que la Secretaría Ejecutiva del INE interponga la controversia constitucional en la Suprema Corte a más tardar el 19 de noviembre está firmada por los consejeros Arturo Castillo, Carla Humphrey, Dania Ravel, Claudia Zavala, Martín Faz y Jaime Rivera.

Los seis tendrían mayoría frente a sus cinco colegas: Guadalupe Taddei, presidenta; Norma de la Cruz, Jorge Montaño, Rita Bell López y Uuc-kib Espadas.

El asunto no tiene precedentes y está agendado como el último punto de la sesión extraordinaria del consejo general, cuyo inicio está programado para este miércoles a la una de la tarde.

Los únicos antecedentes, de interponer una controversia constitucional, se relacionan con un tema de presupuesto y recientemente en contra de la reforma electoral, pero no a partir de un acuerdo de consejo general sino como una iniciativa de la Presidencia del Instituto. 

Ahora se busca, con el aval del consejo, tramitar lo necesario para anular la reforma a los artículos 45 y 48 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe), aprobada por el Legilsativo en el contexto de la reforma judicial, en medio de nuevas atribuciones al INE para organizar la elección de juzgadores.

Los firmantes parten de la base que el consejo general, a través de su Secretaría Ejecutiva, tiene la legitimación para promover ese tipo de recursos.

Enseguida señalan que la citada reforma a la Legipe significa “un retroceso en el diseño institucional del INE en detrimento de la colegialidad, la pluralidad y la calidad del funcionamiento de la autoridad electoral”.

Afirma que al momento de eliminar el requisito del consenso para el nombramiento de los directores ejecutivos del INE también elimina de facto el sistema de contrapesos creado en 1993 “para asegurar la confianza y el buen funcionamiento del Instituto, con lo que se puede comprometer el desempeño constitucionalmente esperado del INE, el cual depende crucialmente de la debida integración y conducción de sus estructuras”.

De la misma forma, en la argumentación jurídica que le indican a Claudia Suárez, encargada de Despacho de la Secretaría Ejecutiva, se expone que el decreto de reforma a la Legipe genera una antinomia entre dos artículos, pues uno da atribuciones al consejo general para el nombramiento de directivos y el segundo se lo otorga a la persona presidenta del consejo general.

Señalan además que se afecta las relaciones de mando y, sobre todo, se invade la competencia del consejo general.

Asimismo, los seis consejeros plantean que la reforma extralimita las atribuciones de la Junta y se daña el principio constitucional de profesionalización del INE.

En los últimos puntos del escrito se indica que hay vulneración a las garantías que rigen el actuar de los órganos colegiados del Estado mexicano, por lo que en general la reforma es un exceso.

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