CONGRESO DE ZACATECAS DESPENALIZA EL ABORTO

“El Pleno de la LXV Legislatura aprobó (…) el dictamen respecto de las iniciativas con proyecto de Decreto que reforma,deroga y adiciona diversos artículos del Código Penal para el Estado de Zacatecas, en materia de interrupción legal del embarazo”, informó el Poder Legislativo local.

La aprobación del dictamen adiciona un segundo párrafo al artículo 310: “Aborto es la interrupción del embarazo después de las primeras doce semanas de gestación.”

También se reformó el artículo 311 y se añadió un artículo bis, que establece como delito el aborto forzado, definido como el acto de hacer interrumpir un embarazo a una mujer, en cualquier momento del embarazo con o sin el conocimiento de la víctima.

Se derogó el artículo 312 y se reformó el artículo 313 en el que se despenaliza el aborto cuando el embarazo es producto de una violación, inseminación artificial no consentida, riesgo de muerte, alteraciones genéticas del producto y daño grave de la salud para la persona gestante.

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